Precios de Transferencia: La SUNAT aprueba normas para la presentación de las declaraciones juradas informativas “Reporte Maestro” y “Reporte País por País” correspondiente a los ejercicios 2017 en adelante y precisa requisitos adicionales relacionados a las obligaciones formales de precios de transferencia

Mediante la Resolución de Superintendencia No. 163-2018/SUNAT se ha aprobado el contenido de las declaraciones juradas informativas “Reporte Maestro” y “Reporte País por País” que, respecto del ejercicio 2017, deberán ser presentados en el mes de noviembre de este año.

Si bien esta Resolución emitida por la SUNAT define quiénes son los obligados a presentar las referidas declaraciones y aprueba el detalle de diversa información que deberá ser declarada, esta norma también aclara el contexto en el que las tres declaraciones juradas informativas (local, maestro y país por país) deben cumplirse dentro de las obligaciones formales del régimen peruano de precios de transferencia. Para ese fin, los considerandos de la norma aprobada han incorporado precisiones que no se recogen en la Ley del Impuesto a la Renta (LIR) ni en su Reglamento y que ponen en evidencia algunos vacíos en que incurrieron esas normas. Este alcance deberá ser revisado cuidadosamente por los departamentos legales de diferentes grupos económicos que operan en el Perú a efecto de dar cumplimiento a esta norma.

En el siguiente enlace encontrará algunos comentarios críticos sobre estos nuevos alcances: ENLACE.