El Tribunal Constitucional vuelve a pronunciarse sobre suspensión de intereses moratorios y la vulneración del derecho al plazo razonable

Recientes pronunciamientos del Tribunal Constitucional confirman que, en sede administrativa, la Administración Tributaria (la SUNAT y el Tribunal Fiscal) deben observar el derecho de los administrados a obtener resoluciones de sus controversias en un plazo razonable; confirmando, en uno de los casos, la suspensión del cómputo de intereses moratorios durante el tiempo en exceso al plazo legal establecido que demoró el Tribunal Fiscal en resolver la apelación.


El Tribunal Constitucional confirma posición sobre suspensión de intereses moratorios y fija precedente respecto a los efectos de la prescripción y la suspensión de su computo cuando existen recursos en trámite

En reciente pronunciamiento, el Tribunal Constitucional (i) ha confirmado la suspensión del cómputo de intereses moratorios durante el tiempo en exceso al plazo legal establecido que demoró el Tribunal Fiscal en resolver una apelación; y (ii) ha establecido que la suspensión del plazo de prescripción durante el procedimiento administrativo que culmina con la declaratoria de nulidad de los actos administrativos no puede computarse más allá del plazo que tiene la Administración para resolver.


Nuevo Régimen laboral y tributario para el sector agrario, agroexportador y agroindustrial

Síntesis de los principales aspectos laborales y tributarios que serán aplicables al régimen agrario, según la nueva Ley Nro. 31110 aprobada por el Congreso de la República.


Reforma tributaria para el ejercicio 2021 - Modificaciones tributarias efectuadas durante el mes de diciembre 2020

Durante el mes de diciembre de 2020, fueron publicadas diversas normas con implicancias tributarias en diferentes ámbitos, tales como el Impuesto a la Renta, IGV, ITAN, fraccionamiento tributario para el sector turismo y nuevas reglas para el sector agrario, entre otros temas. En el presente Boletín encontrará comentarios sobre las distintas normas aprobadas y que, en mayoría, empezarán a regir desde el 1 de enero del 2021.


Presentan en el Congreso de la República, Proyectos de Ley en materia tributaria como cierre del año 2020

Proyectos de Ley presentados incluyen propuestas del Poder Ejecutivo vinculadas a la modificación del límite de deducción de gastos por intereses, flexibilización de obligaciones formales de los contribuyentes de fondos de inversión y fideicomisos que generan rentas de tercera categoría, modificación del régimen especial de depreciación, devolución del ITAN, prórroga de exoneraciones del IR, IGV y otros beneficios, así como una propuesta para aprobar un régimen extraordinario para promover el pago de deudas tributarias y aduaneras y otra presentada por la Comisión Multipartidaria del Congreso para regular el régimen del sector agrario.


Nuevas prórrogas de vencimientos de Obligaciones Tributarias

Nuevas prórrogas de vencimientos de Obligaciones Tributarias: Por tercera vez se amplía y modifican los plazos para presentar la Declaración Jurada Anual y efectuar el pago de regularización del Impuesto a la Renta del ejercicio 2019 y el cumplimiento de otras obligaciones tributarias.


Efectos tributarios de la ampliación de la suspensión de plazos de los procedimientos administrativos durante el Estado de Emergencia Nacional dictado por el COVID-19 y consecuencias en el plazo de prescripción

Mediante el Decreto Supremo N° 087-2020-PCM, publicado en el diario Oficial El Peruano el 20 de mayo pasado, el Poder Ejecutivo ha dispuesto una nueva prórroga de la suspensión de los plazos de los procedimientos administrativos, dictada inicialmente medios los Decretos de Urgencia Nºs 026-2020 y 029-2020 y ampliatorias. En este contexto, el 10 de mayo de 2020 se ha publicado el Decreto Legislativo Nro. 1487, mediante el cual se crea un Régimen de Aplazamiento y/o Fraccionamiento de deudas tributarias administradas por la SUNAT, con la finalidad de mitigar el impacto en la economía producido por el COVID-19.


Resultado de facultades delegadas en materia tributaria

El 11 de mayo de 2020 venció el plazo de delegación de facultades concedida por el Congreso al Poder Ejecutivo para legislar en materia tributaria. Los últimos Decretos Legislativos aprobados en ejercicio de dichas facultades están relacionados con la compensación excepcional de pérdidas tributaras del ejercicio 2020 y la depreciación especial de bienes del activo de empresas. En este contexto, el 10 de mayo de 2020 se ha publicado el Decreto Legislativo Nro. 1487, mediante el cual se crea un Régimen de Aplazamiento y/o Fraccionamiento de deudas tributarias administradas por la SUNAT, con la finalidad de mitigar el impacto en la economía producido por el COVID-19.


Se establece Nuevo Régimen de Aplazamiento y/o Fraccionamiento de las deudas tributarias administradas por la SUNAT

Como se recuerda, mediante la Ley Nro. 31011, el Congreso de las República delegó en el Poder Ejecutivo facultades para legislar, entre otras, en materia tributaria, con la finalidad de atender la emergencia sanitaria producida por la propagación del COVID-19. En este contexto, el 10 de mayo de 2020 se ha publicado el Decreto Legislativo Nro. 1487, mediante el cual se crea un Régimen de Aplazamiento y/o Fraccionamiento de deudas tributarias administradas por la SUNAT, con la finalidad de mitigar el impacto en la economía producido por el COVID-19.


Se prorroga la suspensión de plazos de tramitación e inicio de “procedimientos administrativos” y “procedimientos de cualquier índole” y se aprueban nuevas prórrogas para cumplir con las obligaciones tributarias formales (incluyendo la presentación del Reporte Local de precios de transferencia

En el marco del Estado de Emergencia Nacional, que ha sido ampliado hasta el 10 de mayo de 2020, se aprobaron una serie de medidas complementarias que adecuan los plazos de suspensión de inicio y tramitación de procedimientos, regulados mediante los Decretos de Urgencia Nos. 026-2020 y 029-2020. De la misma manera, se han aprobado nuevos plazos de vencimiento para obligaciones tributarias formales, entre otras medidas adicionales. Esta modificación entra en vigencia el 30 de abril de 2020.