Se prorroga la vigencia de beneficios tributarios para las operaciones contenidas en el Apéndice I y II de la Ley del IGV, emisión de dinero electrónico, internamiento de bienes del migrante retornado y devolución de impuestos que gravan las adquisiciones obtenidas mediante donaciones del exterior

El 12 de diciembre de 2019, se publicaron los Decretos de Urgencia Nos. 023-2019 y 024-2019 mediante los cuales se prorrogaron la vigencia de beneficios tributarios que se encontraban próximos a culminar. Así, el Poder Ejecutivo decidió ampliar la vigencia de los referidos beneficios al considerar que no es conveniente esperar a su aprobación por el Congreso de la República.

Ahora bien, los beneficios cuya vigencia ha sido prorrogada se encuentran detallados en el siguiente cuadro:

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