Recientes posiciones institucionales de la SUNAT

La SUNAT absuelve consultas vinculadas a:

(i) Impuesto a la Renta: Deducción de gastos por intereses.
(ii) Impuesto General a las Ventas: Monto pagado constituye crédito fiscal.
(iii) Impuesto a la Renta: Compensación de pérdida de fuente peruana con renta de fuente extranjera.
(iv) Impuesto a la Renta: Cobro de crédito por parte de accionista persona natural.

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