Rebaja de sueldos: ¿Qué esperar sobre el controversial fallo?

Artículo publicado en el Diario El Comercio con participación de Javier Dolorier, socio principal del área laboral.

Hace unos días, la Corte Suprema emitió una sentencia a favor de una empresa que, en una situación de crisis, redujo las remuneraciones de un grupo de trabajadores.

La difusión mediática de este fallo desató una ola de reacciones críticas, que incluyeron al vicepresidente Martín Vizcarra y al ministro de Trabajo, Alfonso Grados. 

“El principal objetivo de nuestro gobierno es esforzarnos para que los trabajadores del Perú incrementen sus ingresos, ganen más y no tener situaciones como la presentada en este fallo”, manifestó Grados a RPP.

Por su parte, el jefe de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral, Carlos Benites, dijo que la resolución de la Corte Suprema no se debe asumir como un precedente vinculante para otros casos.

— ¿Marcha atrás? —

También el presidente de la sala que emitió el fallo, Javier Arévalo, contradijo, en conferencia de prensa, la interpretación de que la sentencia permita rebajas de sueldo unilaterales. “Solo es posible previo acuerdo entre el trabajador y el empleador, no hay otra posibilidad”, afirmó. 

Agregó que la sentencia está referida a un caso particular y que no es vinculante para el resto de empresas y trabajadores. “En el caso de problemas mayores o de crisis de la empresa, la reducción que se haga tiene que ser pactada con el sindicato o los trabajadores”, sostuvo Arévalo, quien no votó en este caso por estar de licencia. 

No obstante, un fallo precedente del Tribunal Constitucional es claro en abrir la puerta a la reducción no consensuada de remuneraciones en casos de necesidad económica de la empresa. 

“Este colegiado […] considera viable la reducción no consensuada de remuneraciones por causa objetiva y justificada, siempre que dicha disminución de haberes refleje la expresión de los motivos o razones”, afirmó en una sentencia del 2014.

— Difícil de aplicar —

Brian Ávalos, especialista laboral de Payet, Rey, Cauvi, Pérez Abogados, advierte que no se ha establecido qué contextos económicos serán considerados “especiales” y permitirán un recorte de sueldo justificado. 

De hecho, los motivos económicos también son causas para justificar un cese colectivo. “Pero en 25 años el Ministerio de Trabajo nunca lo ha permitido”, detalla Javier Dolorier, socio del estudio Gálvez & Dolorier.

Para el caso puntual de la reducción de sueldo no consensuado, Ávalos afirma que no será necesario que el Ministerio de Trabajo lo apruebe, sino que quedará a criterio del Poder Judicial si el trabajador judicializa el caso.  

Por su parte, Dolorier cuestiona que la sentencia no hace referencia a criterios económicos específicos que clarifiquen las situaciones que se consideren una crisis económica de la empresa, como podrían ser la reducción sustantiva del patrimonio o la caída sostenida y dramática de las ventas.

Se supo que, en los próximos días, la misma sala de la Corte Suprema emitiría un fallo para otro caso en el que daría más detalles de cómo acreditar una situación de crisis y precisaría que sí se trata de jurisprudencia de cumplimiento obligatorio. 

— Eterno pendiente—

Dolorier afirma que, si bien la base legal de la sentencia de la Corte Suprema es cuestionable, esta responde a una realidad. “Hoy tenemos sectores como pesca o hidrocarburos que viven graves crisis, pero se ven impedidos de tomar medidas transitorias para reducir el peso de sus planillas”, advierte. 

El jurista recalca que no existe un mecanismo administrativo o judicial definido en este sentido. “Si los trabajadores no aceptan [la reducción de sueldos], las empresas no tienen cómo ejecutarla”, detalla. 

Las sentencias han sido tímidas señales hacia una mayor flexibilización laboral, opina Diego Macera, gerente del Instituto Peruano de Economía. “Las reacciones dan a entender que una reforma va a ser más complicada de lo que parece”, agrega. 

Para Macera, incluso más importante que flexibilizar el tema remunerativo es reducir la rigidez para la contratación y el despido. Sin embargo, encuentra que la falta de propuestas sobre este tema ha sido “una omisión enorme” en el discurso del Ejecutivo. “Esto no es casualidad, es un tema muy espinoso”, afirma. 

“El ministro de Trabajo ya ha señalado que dentro de su plan está la formalización, pero que él no va a rebajar derechos”, recuerda César Puntriano, socio del Estudio Muñiz.