Prorrogan vencimiento de obligaciones tributarias del mes de enero 2021 en los departamentos con nivel de alerta extremo y nivel de alerta muy alto

Como se recuerda, mediante Decreto Supremo Nº 008-2021-PCM, se prorrogó el Estado de Emergencia Nacional y se modificó el Nivel de Alerta por Departamento. En dicho sentido, se estableció que, los departamentos con un nivel de alerta extremo son: Áncash, Pasco, Huánuco, Junín, Huancavelica, Ica, Apurímac y Lima y Provincia Constitucional del Callao; mientras que los departamentos con un nivel de alerta muy alto son: Tumbes, Amazonas, Cajamarca, Ayacucho, Cusco, Puno, Arequipa, Moquegua y Tacna.

El 02 de febrero de 2021, se publicó la Resolución de Superintendencia N° 000016-2021/SUNAT mediante la cual la SUNAT aprobó medidas para facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias en los departamentos con nivel de alerta extremo y nivel de alerta muy alto, prorrogando el vencimiento de obligaciones tributarias y las fechas de atraso máximo del Registro de Ventas e Ingresos y del Registro de Compras Electrónicos del periodo de enero 2021.

Las disposiciones contenidas en la referida Resolución resultan aplicables para aquellos contribuyentes que hayan tenido ingresos de hasta 2,300UIT (S/9¢890,000.00) en el ejercicio 2020, o que hubiesen obtenido o percibido rentas distintas a las de tercera categoría que sumadas no superen el referido importe, y cuyo domicilio fiscal al 27 de enero de 2021 se encuentre ubicado en un departamento con nivel de alerta extremo o muy alto.

Los nuevos plazos aplicables para dichos contribuyentes son los siguientes:

i. Prórroga de vencimiento para la declaración y el pago de las obligaciones tributarias mensuales de enero 2021:

    Periodo tributarioFecha de vencimiento según el último número de RUC
    Enero 2021012 y 34 y 56 y 78 y 9Buenos Contribuyentes y UESP
    12 de marzo de 202115 de marzo de 202116 de marzo de 202117 de marzo de 202118 de marzo de 202119 de marzo de 202122 de marzo de 2021

    ii. Prórroga de fechas máximas de atraso de Registro de Ventas e Ingresos y del Registro de Compras Electrónicos de enero 2021

      Periodo tributarioFecha de vencimiento según el último número de RUC
      Enero 2021012 y 34 y 56 y 78 y 9Buenos Contribuyentes y UESP
      11 de marzo de 202112 de marzo de 202115 de marzo de 202116 de marzo de 202117 de marzo de 202118 de marzo de 202119 de marzo de 2021

      Cabe resaltar que, la Resolución establece que la prórroga aplica tambien a aquellos sujetos inafectos del impuesto a la renta distintos al Sector Público Nacional.

      Por otro lado, la Resolución señala que, para aquel contribuyente, a quien le aplique la prórroga, que presente la solicitud de devolución del Saldo a Favor Materia de Beneficio, luego de la fecha de vencimiento que le correspondía por el período de enero y hasta la fecha de vencimiento que le corresponde por el periodo febrero 2021, deberá consignar en dicha solicitud como período, enero de 2021, y presentar la PDT correspondiente al periodo enero de 2021.

      Cualquier duda o comentario que tenga en relación con las presentes disposiciones, agradeceremos nos los hagan llegar a las siguientes direcciones electrónicas: smunoz@gydabogados.com y/o vrosas@gydabogados.com.