Se amplía el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del IGV para ser aplicable a las medianas empresas y se aprueban mecanismos de financiamiento a las MIPYMES a través de empresas de factoring

Informe tributario por Emergencia Nacional N° 6

Debido al contexto actual que incidirá negativamente sobre diferentes sectores, entre ellos principalmente las MIPYME, se ha ampliado el ámbito de empresas beneficiadas con el Régimen Especial de Recuperación Anticipada (“RAIGV”), entre ellas, las medianas empresas. Asimismo, se establece un mecanismo de financiamiento, a través de las empresas de factoring, a favor de las MIPYMES que tengan ventas no mayores a 23,000 UIT (96.6 millones de soles).

El contenido del informe es el siguiente:

1) Régimen Especial de Recuperación Anticipada (RAIGV): Ampliación del plazo de vigencia y el ámbito de aplicación.

2) Financiamiento a MIPYMES a través de empresas de factoring: Se establece una medida extraordinaria para promover el financiamiento de MIPYMES.

3) Vencimiento de obligaciones tributarias: Prórroga de plazo para que las personas naturales y las micro, pequeñas y medianas empresas cumplan sus obligaciones tributarias relacionadas con la declaración de la PDT Planilla Electrónica – PLAME de febrero y marzo 2020.

4) Normas tributarias previas dictadas en el contexto del estado de Emergencia Nacional.

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