El Tribunal Constitucional vuelve a pronunciarse sobre suspensión de intereses moratorios y la vulneración del derecho al plazo razonable

Recientes pronunciamientos del Tribunal Constitucional confirman que, en sede administrativa, la Administración Tributaria (la SUNAT y el Tribunal Fiscal) deben observar el derecho de los administrados a obtener resoluciones de sus controversias en un plazo razonable; confirmando, en uno de los casos, la suspensión del cómputo de intereses moratorios durante el tiempo en exceso al plazo legal establecido que demoró el Tribunal Fiscal en resolver la apelación.

Accede al boletín especial completo en este ENLACE