Recientes posiciones institucionales de la SUNAT

La SUNAT absuelve consultas vinculadas a:

(i) Beneficiario Final: La SUNAT aclarara si es obligación de una sucursal, agencia u otro establecimiento permanente en el Perú de una persona jurídica no domiciliada, informar sobre la identificación de sus beneficiarios finales.

(ii) Impuesto a la Renta: Presunción de intereses por financiamiento de la educación de un estudiante por parte de una empresa domiciliada.

(iii) Impuesto a la Renta: Establecimiento Permanente en el caso de una empresa peruana que cambia su domicilio societario a un país en el exterior.

(iv) Impuesto a la renta: Cesión de créditos y fondos de inversión.

Accede al boletín completo en este ENLACE