Se prorroga la vigencia de los beneficios tributarios de la Ley del Libro

Mediante la Ley N° 30853, publicada en el diario oficial El Peruano el 4 de octubre de 2018, se establece la Política Nacional y el Plan Nacional de Fomento de la Lectura, el Libro y las Bibliotecas que estará a cargo del Ministerio de Cultura.

Entre otras disposiciones, esta Ley establece una prórroga de un año a la vigencia de los beneficios tributarios que fueron otorgados mediante la Ley N° 28086, Ley de Democratización de Libro y de Fomento de la Lectura (en adelante, Ley del Libro).

Esta prórroga se aplicará a partir del día siguiente de finalizada la prórroga de la Ley N° 30347, la cual otorgó un plazo adicional de tres años a la vigencia otorgada inicialmente por la Ley del Libro.

De acuerdo a lo expuesto, los beneficios tributarios que gozan de esta prórroga son los siguientes y se aplicarán hasta las fechas que se indican a continuación:

Por último, se establece que el Ministerio de Cultura en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas deberá de realizar un estudio de impacto social y económico de los beneficios tributarios a fin de garantizar el fomento de la lectura, el libro y las bibliotecas.

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