Aprueban la Ley 31246, que modifica la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, para garantizar el derecho de los trabajadores a la seguridad y la salud en el trabajo ante riesgo epidemiológico y sanitario

A continuación, podrán conocer las principales medidas dispuestas por dicha norma:

I. OBJETO

La norma tiene por objeto modificar los artículos 49° y 60° de la Ley 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo con la finalidad de garantizar el bienestar de los trabajadores de los sectores público y privado, indistintamente del régimen laboral o modalidad (presencial o remota) que tengan, tal y como se desarrolla a continuación:

Asimismo, el empleador deberá asumir los costos de los equipos de protección personal, de acuerdo con las normas técnicas peruanas establecidas en la Resolución Directoral 005-2020-INACAL/DN y el costo de las pruebas de tamizaje necesarias, las mismas que deben estar debidamente acreditadas por la Autoridad Nacional de Salud. Todo ello, con el objetivo de controlar la propagación de enfermedades transmisibles dentro y fuera del ámbito laboral.

II. ADECUACIONES NORMATIVAS

El Poder Ejecutivo tendrá un plazo de treinta (30) días calendario, contados a partir de la vigencia de la presente ley, para adecuar el Reglamento de la Ley 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, aprobado por Decreto Supremo 005-2012-TR.

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