3 octubre, 2016
Decreto Supremo 012-2016-TR: Inafectación de las Gratificaciones Legales y la Disponibilidad de la CTS
El sábado 1 de octubre se publicó en el Diario Oficial El Peruano el Decreto Supremo 012-2016 TR que regula dos aspectos de reglamentación pendiente en nuestro ordenamiento laboral, como son el pago y forma de cálculo de la denominada “Bonificación Extraordinaria” y el retiro parcial de la CTS.
22 septiembre, 2016
Tribunal Constitucional resuelve inaplicar la regla de la capitalización de intereses y la regla del cobro de intereses durante la etapa de impugnación administrativa ante el Tribunal Fiscal
Con fecha 21 de setiembre de 2016, se ha publicado en el portal web del Tribunal Constitucional la Sentencia recaída en el Expediente No. 04082-2012-PA/TC mediante la cual dicho Colegiado se pronuncia sobre la capitalización de intereses moratorios y la suspensión del cómputo de intereses moratorios durante el procedimiento de apelación de una deuda tributaria.
9 septiembre, 2016
Proyecto de Ley presentado por el Poder Ejecutivo que solicita delegación de facultades
Con fecha 8 de setiembre de 2016, se ha presentado el Proyecto de Ley No. 228/2016-PE mediante el cual el Poder Ejecutivo solicita al Congreso de la República la delegación de facultades para legislar, por el término de ciento veinte (120) días calendario, en materia de reactivación económica y formalización, seguridad ciudadana, lucha contra la corrupción, agua y saneamiento y reorganización de PETROPERÚ S.A.
2 septiembre, 2016
Corte Suprema niega derecho a indemnización por despido a trabajadores de confianza
En un reciente fallo de fecha 23 de agosto de 2016, la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia declaró infundada la demanda de un trabajador de confianza que exigió el pago de una indemnización por despido arbitrario al haber sido objeto de un despido por retiro de confianza.
3 junio, 2016
Abono de Remuneraciones en el feriado 1º de mayo del 2016, Día del Trabajo
Es preciso señalar que de acuerdo a los señalado en el artículo 8º del Decreto Legislativo Nº 713, Ley sobre descansos remunerados de los trabajadores sujetos al régimen laboral privada, los trabajadores tienen derecho a percibir por el día feriado no laborable la remuneración ordinaria correspondiente a un día de trabajo.