Se aprueban nuevos supuestos que originan la obligación de inscribirse en el RUC: propietarios de predios cuyo valor en conjunto supere los 126 UIT y propietarios de acciones cuyo valor en conjunto sea mayor a 100 UIT, entre otros
La Ley No. 32080, publicada el 02 de julio, modificó el Código Tributario a fin de derogar la obligación de consignar el número de RUC en la documentación mediante la cual se oferte bienes y/o servicios en la publicidad digital 👇